Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2009 (Tesis num. III.2o.P.226 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 01-11-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro166007
Número de resoluciónIII.2o.P.226 P
Fecha de publicación01 Noviembre 2009
Fecha01 Noviembre 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Noviembre de 2009; Pág. 888
MateriaPenal

De lo dispuesto por los artículos 216, 217 y 218 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, se advierte que al regular lo referente a la prueba de confrontación cuando aluden a su desahogo, establecen que lo hará el J., así como que el secretario acompañará al testigo y levantará el acta correspondiente, sin embargo, no se debe emprender una interpretación literal o gramatical de la ley, en el sentido de que al referir que el J. desahogará la probanza de que se trata, entonces, se prohíbe al Ministerio Público que durante la averiguación previa realice ese acto procesal, porque en el caso aplica el proverbio legal que reza: "Lo que la ley expresamente no prohíbe, está expresamente permitido"; además en atención a que las leyes deben interpretarse de manera sistemática para lograr que sus disposiciones sean congruentes entre sí, de ahí que los citados preceptos se deben interpretar armónicamente con los numerales 132 y 192 del propio ordenamiento, que en síntesis, prevén, respectivamente, que el Ministerio Público goza de la acción más amplia para emplear los medios de prueba, aunque no sean de los que menciona la ley, así como que se admitirá como prueba todo aquello que se ofrezca como tal, siempre que pueda constituirla a juicio del funcionario que practique la averiguación, lo que revela que la representación social sí está facultada para admitir y desahogar durante la averiguación previa la prueba de confrontación, porque con ello se permite al indiciado salir a la defensa de sus intereses, aparte de que es en esa etapa del proceso penal, en la cual la institución ministerial, en ejercicio de la facultad que le...

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