Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2010 (Tesis num. III.2o.A.242 A de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 01-11-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.A.242 A
Fecha de publicación01 Noviembre 2010
Fecha01 Noviembre 2010
Número de registro163466
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1449
MateriaAdministrativa

Conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco en sus artículos 19, primer párrafo, fracción LI, numerales 2), 15), 27), 32) y 33) y último párrafo, 20, primer párrafo, fracción IV, inciso 2), 21, segundo párrafo y 27, primer párrafo, fracción XXII, los jefes de las oficinas de recaudación de la Dirección de Recaudación Metropolitana de la mencionada dependencia, ejercerán sus facultades en toda la Zona Metropolitana de Guadalajara, la cual abarca los Municipios de Guadalajara, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan. Ahora bien, entre las facultades con las que cuentan los mencionados servidores públicos está la de requerir la presentación de declaraciones, el cumplimiento de obligaciones omitidas e imponer multas en materia fiscal federal, por lo que aun cuando una de esas oficinas esté en el primero de los referidos Municipios, su titular puede ejercer las indicadas atribuciones respecto de un contribuyente cuyo domicilio se encuentre en cualquiera de los señalados y, por ende, debe considerarse que...

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