Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 1 de Agosto de 2002 (Tesis num. III.2o.A.94 A de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 01-08-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.A.94 A
Fecha de publicación01 Agosto 2002
Fecha01 Agosto 2002
Número de registro186363
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

El artículo 198, fracción I, de la Ley Agraria establece que: "El recurso de revisión en materia agraria procede contra la sentencia de los tribunales agrarios que resuelvan en primera instancia sobre: I.C. relacionadas con los límites de tierras suscitadas entre dos o más núcleos de población ejidales o comunales, o concernientes a límites de las tierras de uno o varios núcleos de población con uno o varios pequeños propietarios, sociedades o asociaciones.". Por consiguiente, cuando en un juicio agrario se decide sobre la exclusión de una pequeña propiedad enclavada dentro del perímetro de una comunidad, es claro que se trata de un conflicto de límites, por lo que es procedente el recurso de revisión del cual conocerá y resolverá el Tribunal Superior Agrario, en términos del artículo 9o., fracción I, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, sin que ello implique contravención a la jurisprudencia por contradicción de tesis número 54/2000, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página treinta y tres del Tomo XII, julio de dos mil, de la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de rubro: "EXCLUSIÓN DE PROPIEDADES PARTICULARES INCLUIDAS DENTRO DEL PERÍMETRO DE TERRENOS COMUNALES CONFIRMADOS. CONTRA LA SENTENCIA CORRESPONDIENTE EMITIDA POR UN TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO PROCEDE EL AMPARO DIRECTO.", toda vez que del estudio de la ejecutoria que decidió tal contradicción se advierte que el tema a debate fue la naturaleza de la resolución que dictan los Tribunales Unitarios Agrarios en asuntos de esa índole, es decir, si son actos dentro o fuera de juicio y, por ende, si son o no sentencias en el estricto sentido del término...

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