Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 1 de Enero de 2002 (Tesis num. III.2o.T.44 L de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 01-01-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.T.44 L
Fecha de publicación01 Enero 2002
Fecha01 Enero 2002
Número de registro187888
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Es inexacto que la actuación del vocero nombrado en esos términos carezca de valor, por el solo hecho de que el representante legal de la empresa no tuviera facultades para delegar el poder, en razón de que, en realidad, el nombramiento de vocero no significa la designación con efectos de apoderado, sino simplemente la voluntad del mencionado representante de que otra persona hable por él, de manera tal que si el portavoz, cuando se dio intervención a la parte demandada en la aludida audiencia, contesta la demanda y ofrece pruebas, su actuar es correcto y la Junta procede legalmente al aceptarlo, siempre y cuando durante el desarrollo de la audiencia de que se trata, haya estado presente el representante legal de la patronal. Lo anterior tiene razón de ser, si se tiene en cuenta que el que...

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