Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2004 (Tesis num. III.2o.C.83 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-11-2004 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | III.2o.C.83 C |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2004 |
Fecha | 01 Noviembre 2004 |
Número de registro | 180154 |
Materia | Civil |
Si en un juicio promovido contra varias personas, luego de que los demandados fueron emplazados y contestaron la demanda interpuesta en su contra, y uno de ellos promueve incidente de nulidad por defectuoso emplazamiento, el cual no prospera, pero el juzgador del conocimiento, de manera oficiosa, decreta la nulidad de todo lo actuado por considerar ilegales tales emplazamientos y, con posterioridad a ello, la actora se desiste de la instancia, por lo que el J. ordena darle vista a los demandados, y uno de ellos manifiesta su consentimiento en cuanto al desistimiento, solicitando se le paguen las costas, daños y perjuicios, es correcto que se condene al pago de esos conceptos. Ello es así, porque el actor al solicitar la tutela jurídica de sus pretensiones ante el órgano jurisdiccional y llamar a su contraparte, hace que surja una relación jurídica entre ambos, que los coloca en el proceso en un plano de igualdad, dentro del cual tienen derechos y obligaciones recíprocos. Luego, como el desistimiento de la instancia es la declaración de voluntad del demandante, que unida a la conformidad del demandado, tiene por objeto dar por terminada la relación jurídica procesal sin el pronunciamiento de una sentencia que dirima la controversia, y como no implica la absolución de la acción, el demandado queda expuesto al inicio de un nuevo juicio, con base en la misma pretensión, razón por la cual, si el demandado puede o tiene interés en que la cuestión debatida se resuelva dentro del proceso, mediante sentencia en la que se examinen sus...
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