Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Enero de 2004 (Tesis num. III.5o.C.60 C de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-01-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.5o.C.60 C
Fecha de publicación01 Enero 2004
Fecha01 Enero 2004
Número de registro182415
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Al estatuir el artículo 773 del Código de Procedimientos Civiles de la entidad que el tribunal aparte de dejar sin efecto la petición de divorcio por mutuo consentimiento, mandará archivar el expediente "en cualquier caso" en que los cónyuges no promuevan por más de tres meses, debe atenderse que en cualquier estado del proceso es factible la aplicación de la sanción a que se refiere dicho numeral, aun cuando sólo se encuentre pendiente el dictado del fallo respectivo, ya que no debe confundirse la sanción indicada con la caducidad de la instancia, pues el artículo 29 bis del cuerpo de leyes citado es claro en señalar que esta última figura no procede tratándose de juicios de divorcio, que es donde se encuentra establecido que no opera la...

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