Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Octubre de 2005 (Tesis num. III.2o.C.13 K de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-10-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.C.13 K
Fecha de publicación01 Octubre 2005
Fecha01 Octubre 2005
Número de registro176866
MateriaDerecho Procesal,Común

Conforme lo preceptuado por el artículo 95, fracción VI, de la Ley de Amparo, procede el recurso de queja contra las resoluciones que dicten los Jueces de Distrito o el superior del tribunal al que se refiere el artículo 37 de la propia ley, durante la tramitación del juicio de garantías biinstancial o del incidente de suspensión, que no admitan expresamente el recurso de revisión conforme al artículo 83 y que por su naturaleza trascendental y grave, puedan causar daño o perjuicio a alguna de las partes, no reparable en la sentencia definitiva, o contra las que se dicten después de fallado el juicio en primera instancia, cuando no sean reparables por las mismas autoridades o por la Suprema Corte de Justicia con arreglo a la ley. En ese orden, si en un juicio de amparo el quejoso señala como terceros perjudicados a determinadas personas y como sus causahabientes a otras, y el Juez de Distrito inicialmente...

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