Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Marzo de 2011 (Tesis num. I.9o.A.128 A de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-03-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.A.128 A
Fecha de publicación01 Marzo 2011
Fecha01 Marzo 2011
Número de registro162484
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Marzo de 2011; Pág. 2419
MateriaAdministrativa

El artículo 679, primer párrafo, del abrogado Código Financiero del Distrito Federal establece que la representación de las personas físicas o morales ante las autoridades fiscales podrá acreditarse, entre otros documentos, con escritura pública, sin que dicha disposición establezca como limitante que ésta sea exhibida en original, por lo que su copia certificada es idónea para tal efecto.


NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Revisión contencioso administrativa 78/2010. Subprocurador de Recursos Administrativos y Autorizaciones de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal. 15 de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: J.R., secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: A.P.G..

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