Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Febrero de 2011 (Tesis num. I.9o.P.82 P de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-02-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.P.82 P
Fecha de publicación01 Febrero 2011
Fecha01 Febrero 2011
Número de registro162754
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 2373
MateriaPenal

De la interpretación del artículo 286 del Código Federal de Procedimientos Penales se advierte que los "indicios" son un medio probatorio en el que el juzgador debe examinar silogísticamente datos aislados, que enlazados entre sí puedan fundar una opinión sobre la existencia de los hechos determinados; por tanto, los datos generales que un inculpado proporciona al J. al rendir su declaración preparatoria no deben considerarse como "indicios", pues mediante ellos no se trata de conocer la verdad legal de los hechos que se imputan, sino sólo tener conocimiento de las circunstancias personales del imputado que, en caso de que resulte penalmente responsable, servirán al órgano jurisdiccional para graduar la culpabilidad e imponer las penas.


NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 204/2010. 5 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: F.H.P.. Secretaria: L.L.R..


Nota: Por ejecutoria del 8 de octubre de 2014, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 35/2014...

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