Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Octubre de 2010 (Tesis num. VI.2o.C.306 K de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-10-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.C.306 K
Fecha de publicación01 Octubre 2010
Fecha01 Octubre 2010
Número de registro163542
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Octubre de 2010; Pág. 3205
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Tomando como base que la competencia como la personalidad son cuestiones procesales que de suyo no afectan derechos sustantivos, pero que lo resuelto en ellas antes de la sentencia definitiva puede afectar en grado predominante o superior a las partes, vulneración que podría incluso ser irreparable de llegar a dictarse la resolución que decida el juicio natural; y que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido la procedencia del amparo en la vía biinstancial cuando se reclame la resolución que resuelva las cuestiones de incompetencia, mediante la jurisprudencia 55/2003, publicada en la página 5, T.X., septiembre de 2003, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de rubro: "AMPARO INDIRECTO, RESULTA PROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DESECHA LA EXCEPCIÓN DE FALTA DE COMPETENCIA."; cuando se solicite la suspensión definitiva respecto de las consecuencias de la resolución que decide la excepción de incompetencia, es factible que además de verificar que se satisfagan los requisitos previstos por el artículo 124 de la Ley de Amparo, se tome en consideración si la suspensión puede tener o no el efecto de paralizar el procedimiento con base en la irreparabilidad del daño ocasionado al quejoso; así, como la irreparabilidad sólo acontece con el dictado de la sentencia definitiva en el procedimiento del cual derive el acto reclamado por operar un cambio de situación jurídica que vuelve improcedente el juicio de amparo, en esos casos procede conceder la medida cautelar para el efecto de que el Juez natural continúe con el procedimiento hasta su resolución, pero se abstenga de dictar sentencia definitiva hasta que se resuelva el juicio de garantías correspondiente, en tanto que en éste se resolverá de fondo lo relativo a la legalidad de la resolución que decidió la competencia del Juez de...

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