Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2010 (Tesis num. I.3o.C.830 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.830 C
Fecha de publicación01 Agosto 2010
Fecha01 Agosto 2010
Número de registro164126
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2257
MateriaCivil,Derecho Civil

Para determinar si la conducta desplegada por un condómino actualizó o no un hecho ilícito con base en el cual se reclamó responsabilidad objetiva, es menester considerar la doble vertiente del hecho ilícito, a saber: hecho contrario a la ley (toda disposición legal) o hecho contrario a las buenas costumbres (comportamiento debido en un contexto social determinado). Para calificar la conducta señalada como ilícita por contravenir las buenas costumbres debe tomarse en consideración que quienes detentan una propiedad condominal se ubican en un estadio jurídico más delicado y complejo que quienes ejercen una propiedad privada autónoma e independiente, derivado de que en aquélla confluye una variedad de intereses diversos representados por cada condómino, quienes al mismo tiempo deberán acordar para convivir armónicamente en un régimen común; de tal suerte que por un lado, la exigencia y el cuidado de la conducta de los condóminos se presentan en grado mayor y, por otro lado, también...

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