Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Enero de 2010 (Tesis num. I.4o.C.189 C de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-01-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro165416
Número de resoluciónI.4o.C.189 C
Fecha de publicación01 Enero 2010
Fecha01 Enero 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Enero de 2010; Pág. 2204
MateriaCivil,Derecho Civil

La interpretación gramatical y sistemática del artículo publicado como 2428 E del Código Civil para el Distrito Federal permite afirmar que el arrendador sólo tendrá la carga probatoria de acreditar que efectuó oportunamente al inquilino el requerimiento de pago de la renta mayor a tres meses si convergen los elementos que permiten formar la presunción legal de pago, a fin de evitar que se actualice ésta, y el arrendatario deberá demostrar el pago si no concurren todas esas piezas de la presunción legal, o bien, si se trata de las pensiones rentísticas generadas dentro de los tres meses anteriores al emplazamiento y de las subsecuentes, porque en esos supuestos no se forma la presunción en su favor. Igual carga procesal corresponderá al fiador, ya que será beneficiario de la mencionada presunción, o afectado por su falta de integración, aunque en ello de ningún modo influirá el hecho de que se haya requerido o no de pago al propio fiador, dado que es optativo para el arrendador efectuar ese requerimiento con antelación al emplazamiento, a diferencia del que debe hacer al arrendatario, pues éste sí es necesario para evitar la formación de la presunción legal de pago que opera, en principio, a favor del inquilino. En efecto, del texto del precepto legal invocado se observa que el obligado a pagar la renta es el arrendatario, lo que se encuentra en consonancia con las disposiciones contenidas en los artículos 2398 y 2425, fracción I, del mismo ordenamiento sustantivo civil. De manera que, si el arrendatario es el obligado a pagar la renta, y es destinatario de una presunción legal creada en su favor, resulta posible entender que el arrendador deba...

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