Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 1 de Noviembre de 2008 (Tesis num. II.1o.A.152 A de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-11-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.A.152 A
Fecha de publicación01 Noviembre 2008
Fecha01 Noviembre 2008
Número de registro168518
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Administrativa

De la interpretación del artículo 16, párrafos octavo y décimo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente hasta el 18 de junio de 2008, en relación con la jurisprudencia 1a./J. 83/2008 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pendiente de publicación, de rubro: "DILIGENCIAS DE CATEO Y PRUEBAS QUE FUERON OBTENIDAS EN LA MISMA. CARECEN DE VALOR PROBATORIO, CUANDO LA AUTORIDAD QUE LA PRACTICA, DESIGNA COMO TESTIGOS A LOS POLICÍAS QUE INTERVINIERON MATERIALMENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA MISMA.", en la que se sustenta que, dado el carácter intrínseco de la figura de testigo, tercero ajeno a la actividad o hecho sobre el cual va a dar noticia con plena independencia y libertad de posición, la designación debe recaer en persona que no haya tenido participación directa en la ejecución de la orden de cateo, pues sólo así podrán relatar hechos ajenos que les consten, se concluye que cuando en el acuerdo administrativo que ordenó la visita domiciliaria de inspección y verificación se designan diversos servidores públicos para su práctica y al momento de levantarse el acta respectiva, éstos fungen como testigos, resulta...

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