Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 2008 (Tesis num. VI.2o.C.638 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-12-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.C.638 C
Fecha de publicación01 Diciembre 2008
Fecha01 Diciembre 2008
Número de registro168287
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Civil

Conforme a la jurisprudencia sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "PRUEBA PERICIAL EN GENÉTICA. SU ADMISIÓN Y DESAHOGO TIENEN UNA EJECUCIÓN DE IMPOSIBLE REPARACIÓN SUSCEPTIBLE DE AFECTAR DERECHOS SUSTANTIVOS DE LA PERSONA.", publicada con el número 1a./J. 17/2003, en la página 88 del Tomo XVII, abril de 2003, de la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, la admisión y el desahogo de la prueba pericial en genética ofrecida por la contraparte del quejoso son actos de ejecución irreparable, ya que implican la intromisión a los derechos de la personalidad, intimidad, integridad, individualidad y privacidad de quien será objeto de ella, mediante la toma de muestras de su tejido celular, que puede tener como resultado poner en evidencia características genéticas diversas a aquellas que son objeto de la litis en el juicio natural. Sin embargo, por regla general, esa afectación directa e inmediata de derechos sustantivos no se actualiza con el desechamiento de la ofrecida por el quejoso, pues con motivo de ello no se procederá a su desahogo ni, por ende, a la extracción de tejido celular, con las consecuencias...

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