Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Enero de 2009 (Tesis num. I.7o.C.120 C de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-01-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro168125
Número de resoluciónI.7o.C.120 C
Fecha de publicación01 Enero 2009
Fecha01 Enero 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Enero de 2009; Pág. 2699
MateriaCivil

El artículo 29, fracción IV, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito dispone que el endoso debe constar en el título relativo o en hoja adherida al mismo, y llenar entre otros, el requisito del lugar y la fecha. Por su parte, el artículo 132 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a las leyes mercantiles, por disposición expresa del diverso artículo 1054 del Código de Comercio, ordena que de la traducción de los documentos que se presenten en idioma extranjero, se mandará dar vista a la parte contraria, para que, dentro del plazo de tres días, manifieste si está conforme, y si lo estuviere o no contestare la vista, se pasará por la traducción y en caso contrario, el tribunal nombrará traductor. Conforme los preceptos legales citados, se concluye que para el ejercicio de la acción cambiaria directa, es menester acompañar a los títulos de crédito en que se funda, la traducción del endoso redactado en idioma inglés que acrediten la personalidad de la parte actora; no obstante, si en el renglón relativo a la fecha del endoso reza la leyenda: "Date/Fecha: February 15, 2007", debe considerarse innecesario el acompañamiento de la traducción del mes en que dicho endoso fue redactado. Esto porque el significado del vocablo "February" es el de la palabra en castellano relativa al mes de "febrero", ya que ambos...

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