Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Julio de 2008 (Tesis num. I.1o.P.100 P de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-07-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.P.100 P
Fecha de publicación01 Julio 2008
Fecha01 Julio 2008
Número de registro169321
MateriaDerecho Penal,Penal

De acuerdo con la fracción II del precepto mencionado, se responderá por el delito emergente cuando: 1. Sea una consecuencia necesaria del delito acordado, 2. Sea consecuencia natural de ese otro delito, 3. Sea una consecuencia necesaria de los medios acordados; o 4. Sea una consecuencia natural de esos medios. A fin de distinguir con claridad esas cuatro hipótesis se debe tomar en cuenta que, de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española necesario es aquello "que forzosa o inevitablemente ha de ser o suceder", mientras que natural es lo que "regular y que comúnmente sucede, y, por eso, fácilmente creíble". Y si bien, dentro del lenguaje ordinario, ocasionalmente se da a la palabra "natural" un significado de algo obvio, evidente de...

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