Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 1 de Diciembre de 2007 (Tesis num. IV.1o.A.84 A de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 01-12-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.1o.A.84 A
Fecha de publicación01 Diciembre 2007
Fecha01 Diciembre 2007
Número de registro170857
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

Conforme al artículo 145-A, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, podrá decretarse el aseguramiento de los bienes o de la negociación del contribuyente cuando no pueda notificarse el inicio de las facultades de comprobación del fisco por ignorarse el domicilio de aquél; sin embargo, la autoridad administrativa debe agotar los medios a su alcance para indagar el nuevo domicilio, previo a emitir la orden del referido aseguramiento, pues el solo hecho de que se señale en el acta de hechos que la persona con quien se entendió la diligencia indicó que el contribuyente se cambió de domicilio, deja a éste en estado de indefensión, contraviniendo las garantías de audiencia, legalidad y seguridad jurídica, previstas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


PRIMER TRIBUNAL...

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