Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Abril de 2008 (Tesis num. I.2o.P.157 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-04-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.2o.P.157 P
Fecha de publicación01 Abril 2008
Fecha01 Abril 2008
Número de registro169893
MateriaPenal

El precepto en cuestión se adicionó a la ley reglamentaria de que se trata, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. De la exposición de motivos respectiva destaca que el objeto de las modificaciones y adiciones a dicho ordenamiento fue, esencialmente, recuperar niveles de seguridad pública (bien jurídico protegido), mediante la disminución de conductas ilícitas perpetradas con el uso de artefactos bélicos. Si esto es así, se colige entonces que por "disponer indebidamente" debemos entender "emplear" o "utilizar" tal armamento, para fines distintos a la seguridad pública. Otro elemento a destacar de la descripción típica del delito en cuestión, es con relación al sujeto activo, pues en la misma se hace referencia en términos genéricos "a quienes" dispongan indebidamente de los referidos artefactos. Al respecto, debe decirse que lógicamente cometen dicho injusto las personas que tengan acceso al armamento y posibilidad de disponer de él, por lo que en este sentido es claro que a los agentes policiales les es factible ejecutar la conducta típica de que se trata, pues son quienes detentan materialmente ese tipo de armas.


SEGUNDO...

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