Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Marzo de 2008 (Tesis num. I.4o.A.641 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-03-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A.641 A
Fecha de publicación01 Marzo 2008
Fecha01 Marzo 2008
Número de registro170066
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Administrativa

El artículo 184 del Reglamento de la Ley Aduanera establece que el particular que solicite a la autoridad aduanera el pago del valor de mercancías embargadas que fueron enajenadas, debe anexar a su petición tanto la resolución en la que se determinó la devolución o pago de las mercancías, como el documento en el que acredite su propiedad o posesión. Así, la razón para establecer este último requisito es que la persona a quien se resarcirá económicamente acredite su interés jurídico sobre las mercancías, lo que no significa que deba demostrar su legítima propiedad o legal posesión sino, por el contrario, implica que el peticionario acredite ser la persona que sufrió un menoscabo en su esfera jurídica en virtud del embargo...

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