Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Octubre de 2007 (Tesis num. XX.2o.46 C de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-10-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.2o.46 C
Fecha de publicación01 Octubre 2007
Fecha01 Octubre 2007
Número de registro171244
MateriaDerecho Civil,Civil

El artículo 284 del Código Civil para el Estado de Chiapas, reformado mediante Decreto Número 257, publicado el 22 de abril de 1998, en el Periódico Oficial de la entidad, establece: "En los casos de divorcio necesario, el Juez, tomando en cuenta las circunstancias del caso, y entre ellas la capacidad para trabajar de los cónyuges y su situación económica, resolverá acerca del pago de alimentos en favor del inocente ...", de donde se advierte que sólo dispone una mera posibilidad para que el cónyuge inocente los reciba; por tanto, el juzgador no está obligado a condenar forzosamente al cónyuge culpable a proporcionarlos, sino a dictar sentencia (condenando o absolviendo) sobre alimentos, determinando en caso de condena, la existencia de tal exigencia y su monto conforme a las reglas aplicables, atendiendo al principio de...

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