Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 2007 (Tesis num. VI.3o.A.305 A de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 01-12-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.3o.A.305 A
Fecha de publicación01 Diciembre 2007
Fecha01 Diciembre 2007
Número de registro170623
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

El artículo 175 del Código Fiscal de la Federación establece expresamente la posibilidad de hacer valer el recurso de revocación contra el avalúo de los bienes embargados en el procedimiento administrativo de ejecución. Por otra parte, en la jurisprudencia 2a./J. 109/2005, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, noviembre de 2005, página 48, de rubro: "EJECUCIÓN EN MATERIA FISCAL. CONTRA LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO PROCEDE EL JUICIO DE NULIDAD.", la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que es optativo para el interesado, tratándose de actos acaecidos en el referido procedimiento, agotar el recurso de revocación o promover directamente el juicio de nulidad. En ese tenor, al ocurrir el avalúo de los bienes embargados en el procedimiento administrativo de ejecución, resulta optativo para el gobernado interponer el aludido recurso antes de ejercitar la acción contenciosa, de conformidad con los artículos 117...

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