Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2008 (Tesis num. I.7o.A.564 A de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-05-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.A.564 A
Fecha de publicación01 Mayo 2008
Fecha01 Mayo 2008
Número de registro169696
MateriaAdministrativa

Para satisfacer el principio de generalidad previsto en el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consistente en que la ley se aplique a todos los casos que reúnan las condiciones establecidas por ella, basta con que sus disposiciones tengan vigencia indeterminada, se apliquen a todas las personas que se coloquen dentro de la hipótesis que indican, y no estén dirigidas a una persona o grupo de personas individualmente determinado; por ende, los artículos 289 a 292 de la Ley Federal de Derechos, vigentes a partir del 1o. de enero de 2005, al ser normas de vigencia indeterminada que se aplican a todos los propietarios de aeronaves nacionales o extranjeras, que usen, gocen o aprovechen el espacio aéreo mexicano, sin que estén dirigidas a un grupo específico, como sería hipotéticamente una determinada aerolínea, no transgreden el comentado principio de generalidad de las leyes.


SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 446/2005. Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación del...

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