Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2007 (Tesis num. I.7o.C.94 C de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.C.94 C
Fecha de publicación01 Agosto 2007
Fecha01 Agosto 2007
Número de registro171831
MateriaDerecho Procesal,Civil

Las jurisprudencias de la Suprema Corte de la Nación, de los rubros: "ACCIÓN DE OBJECIÓN AL PAGO DE CHEQUE PREVISTA EN EL ARTÍCULO 194 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO. PROCEDE CUANDO SE DEMANDA LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES QUE PAGÓ EL LIBRADO, ALEGÁNDOSE QUE LA FIRMA FUE FALSIFICADA, Y NO ASÍ LA DE NULIDAD ABSOLUTA O DE INEXISTENCIA DEL CHEQUE.", "ACCIÓN DE OBJECIÓN AL PAGO DE CHEQUE PREVISTA EN EL ARTÍCULO 194 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO. LA CARGA DE LA PRUEBA CORRESPONDE AL ACTOR CUANDO ALEGA LA NOTORIEDAD DE LA FALSIFICACIÓN DE LA FIRMA." y "CHEQUES, NOTORIEDAD EN LA FALSIFICACIÓN DE LA FIRMA DE LOS. EL ELEMENTO NOTORIEDAD A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 194 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO SUPONE QUE LA FALSIFICACIÓN DE LA FIRMA DEL LIBRADOR ES TAN BURDA QUE PUEDA ADVERTIRSE SIN POSEER CONOCIMIENTOS ESPECIALES EN GRAFOLOGÍA." definieron las bases sobre las cuales debe analizarse la acción de objeción de pago a que se refiere el artículo 194 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de modo que no puede alegarse la nulidad o inexistencia del cheque por falsificación de la firma, sino objetarse el pago porque la firma sea notoriamente falsificada cuando pueda advertirse sin tener conocimientos en grafología, pues de lo contrario se rompería con el sistema de responsabilidad previsto por la ley especial, sustentado en la culpa del librador que no vigila adecuadamente los esqueletos proporcionados por el banco para expedir cheques. De otro modo el banco quedaría en estado de indefensión al no poder alegar la falta de aviso por la pérdida o robo de los cheques que debió dar el librador, o que las firmas fueran semejantes o extremadamente parecidas. Asimismo, la posibilidad de objetar el pago responde a la intención legislativa...

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