Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2008 (Tesis num. I.4o.C.154 C de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-09-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.C.154 C
Fecha de publicación01 Septiembre 2008
Fecha01 Septiembre 2008
Número de registro168924
MateriaCivil

El expediente clínico elaborado por una institución hospitalaria, con motivo de la prestación de sus servicios a los pacientes, de acuerdo con el artículo 1238 del Código de Comercio, constituye un documento privado, ya que no está calificado como público en las leyes comunes; sin embargo, a diferencia del común de los documentos privados, algunas de sus características están sujetas a una regulación especial en la ley, sobre su forma y contenido, lo cual les da una categoría propia dentro de los documentos privados, que conduce a una valoración específica, caso por caso, con apego a las reglas de la lógica y a las máximas de experiencia que resultan aplicables a las circunstancias concurrentes. Dichas reglas especiales se encuentran establecidas en los artículos 29, 30, 32, 37, 80, 81, 82 y 83 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, que obliga a los establecimientos donde se prestan esos servicios a formar y conservar los expedientes clínicos, que permitan obtener información sobre el diagnóstico, evolución, tratamiento y pronóstico del padecimiento que ameritó el internamiento de los pacientes; para lo cual se exigen ciertos requisitos, y ajustarse a las normas técnicas establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, del expediente clínico, cuyo campo de aplicación es de observancia general en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR