Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, 21 de Junio de 2007 (Tesis num. V.2o.P.A.9 A de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Quinto Circuito, 01-04-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.2o.P.A.9 A
Fecha de publicación21 Junio 2007
Fecha21 Junio 2007
Número de registro172803
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

El artículo 47 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo que establece el derecho de las partes en el juicio contencioso administrativo federal para formular alegatos por escrito, encuentra una excepción en el supuesto establecido por el numeral 345 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria a la legislación mencionada en primer término conforme a su artículo 1o., pues el segundo numeral citado establece: "Cuando la demanda fuere confesada expresamente, en todas sus partes, y cuando el actor manifieste su conformidad con la contestación, sin más trámite se pronunciará la sentencia.". No obstante lo anterior, para que dicha excepción pueda materializarse en un caso determinado, se requiere necesariamente que la parte demandada haya confesado expresa e íntegramente la demanda, es decir, que sea un allanamiento total a las pretensiones del actor, así como que el accionante haya manifestado su conformidad con dicha confesión, pues de lo contrario, de darse el supuesto de que la demandada no confiese expresamente la demanda en todas sus partes, o cuando, habiéndolo hecho, no obre la conformidad de la actora con la contestación, el trámite sumario que se prevé en el artículo 345 precitado resulta improcedente, y el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se encuentra conminado a agotar en...

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