Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 63 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922585
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

En los casos en que la sentencia de amparo que aparece firmada en el expediente en revisión contiene consideraciones sustanciales y puntos resolutivos diversos a aquella que se envió a las autoridades responsables e, inclusive, difieren en cuanto a la fecha de su emisión, se actualiza una violación a las formalidades que rigen el procedimiento del juicio de garantías, en términos del artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, que impide al tribunal revisor analizar el aspecto de fondo del fallo recurrido, pues las autoridades responsables no tienen conocimiento efectivo del contenido de la sentencia que consta en el expediente, lo que implica que no formularan sus agravios respecto de ella, sino de otra diversa que no puede ser materia de análisis en la revisión. La violación a las normas del procedimiento que rigen el juicio constitucional se patentiza porque conforme al artículo 28, fracción I, de la Ley de Amparo, las notificaciones a las autoridades responsables y a las autoridades que tengan el carácter de terceros perjudicados se realizan por oficio que se entrega en el domicilio de su oficina principal, aspecto que si bien aconteció y, por ende, no se puede aludir a vicios en la notificación, porque los respectivos oficios por los que se notificó la sentencia a las autoridades responsables les fueron notificados conforme a tal precepto, la violación a las normas del procedimiento se actualiza por la...

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