Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 56 de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922295
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Si la demanda laboral promovida por el servidor público, o bien, por sus beneficiarios, contiene irregularidades, el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, de conformidad con el artículo 230 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios tendrá la obligación de señalarle los defectos u omisiones en que hubieren incurrido, previniéndole para que en un término de cinco días hábiles los corrija; bajo esa premisa, si la emisora, no obstante las deficiencias advertidas en el libelo inicial, omite realizar dicha prevención, es inconcuso que con dicho proceder incurre en una violación a las leyes del procedimiento establecidas en el citado numeral 230 de la ley en comento, en relación con el diverso 159...

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