Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 87 de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922168
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Civil

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, fracción III, inciso b), de la Constitución General de la República, 114, fracción IV y 158 de la Ley de Amparo, contra las violaciones que se actualicen durante el procedimiento de un juicio procede el amparo indirecto, como excepción, cuando se trate de actos en el juicio cuya ejecución sea de imposible reparación, que son los que afectan de modo directo e inmediato derechos sustantivos del gobernado consagrados en la Constitución Federal y no sólo derechos adjetivos o procesales; hipótesis en la que encuadra la ocupación de los bienes, documentos y papeles del quebrado, que serán entregados al síndico para que los administre, una vez que se decrete el estado de quiebra de una empresa o comerciante y la anotación relativa que se haga en el Registro Público que corresponda, dado que afectan de manera directa e inmediata derechos sustantivos de los propietarios de la empresa o del comerciante, en tanto que se le priva de la facultad de disponer plenamente de los bienes que son de su propiedad, incluyendo aquellos que no pertenecen a la empresa, esto es, del derecho de enajenarlos, además de que se le impide el uso y disfrute de los bienes puestos en posesión al síndico, durante el tiempo que perdure el juicio, con la posibilidad de perder la titularidad de los bienes en caso de que no prospere el convenio respectivo o la rehabilitación de la empresa, lo cual no será susceptible de repararse, pues aun cuando el afectado obtenga esos beneficios y se levante el...

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