Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 196 de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922047
MateriaDerecho Procesal,Suspensión (ADM)

Una interpretación armónica y sistemática de los artículos 240 y 241 del Reglamento de Construcciones para el Estado de Tamaulipas vigente, permite establecer que, en tratándose de la suspensión o clausura de obras en ejecución o terminadas, por incumplimiento de las hipótesis previstas en los numerales antes referidos, debe decretarse dicha clausura únicamente respecto a las obras de construcción y remodelación que se lleven a cabo en el inmueble correspondiente; sin embargo, cuando en dicho domicilio se encuentre o funcione una negociación, la clausura que se decrete deberá ejecutarse respecto a las obras, pero no debe afectar el funcionamiento del giro reglamentado que ahí se encuentre, puesto que este último es de naturaleza diversa a la de aquéllos; ello, atento que el funcionamiento de una negociación no se agota en sí mismo y aun concediéndose la suspensión contra el acto que impide el desarrollo de sus actividades, como lo es la clausura, puede seguir operando sin...

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