Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 154 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922005
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Fiscal (ADM)

De una interpretación literal y sistemática de los artículos 42, 137, 202, fracciones I y XI, y 209 bis, fracción II, todos del Código Fiscal de la Federación, se llega a la conclusión de que el citatorio hecho por la autoridad exactora en el cual aparece la leyenda "requerimiento pago/embargo", aunado a diversos formatos del Servicio de Administración Tributaria en los cuales constan los datos del contribuyente, número de crédito y del documento determinado, el importe y las fechas de notificaciones y corte, resultan insuficientes para comprobar la existencia del acto administrativo controvertido a través del juicio de nulidad. En efecto, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 137 del código tributario federal, el citatorio no constituye una notificación de los actos administrativos impugnados, sino un acto previo a la misma, que tiene como fin requerir la espera del interesado para el día siguiente; por otra parte, tampoco comprueban la existencia preindicada, los formatos del Servicio de Administración Tributaria sobre diligencia de requerimiento de pago, dado que el acto que lo autentica es el requerimiento de pago por parte del ejecutor, y si en el apartado relativo quedó el espacio sin llenar y no obra su firma, no se materializó el acto administrativo señalado, por lo que en...

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