Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 842 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917280
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Laboral

La cláusula 134, fracción I, del Contrato Colectivo de Trabajo en vigor, que rige las relaciones laborales entre el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana y Petróleos Mexicanos, en lo conducente estipula: "... El patrón se obliga a otorgar el beneficio de la jubilación a sus trabajadores de planta sindicalizados, por vejez y por incapacidad total y permanente para el trabajo, de conformidad con las siguientes reglas: I.J. por vejez. Los trabajadores que acrediten 25 años de servicios y 55 años de edad, tendrán derecho a una pensión pagadera cada catorce días, que se calculará tomando como base el 80% -ochenta por ciento- del promedio de salarios ordinarios que hayan disfrutado en puestos permanentes en el último año de servicios y en proporción al tiempo laborado en cada uno de dichos puestos ..."; de donde se desprende que el trabajador, para gozar de una pensión jubilatoria con base en el 80% del promedio del salario ordinario que devengaba, debe acreditar como mínimo 25 años de servicios y 55 años de edad. Por lo que si en un convenio administrativo sindical celebrado entre el trabajador y la empresa, con la intervención de la sección sindical respectiva, se acuerda el otorgamiento de su pensión en los términos de la fracción I de la repetida cláusula, y luego se le pretende pagar tal beneficio con base en un porcentaje menor, debe estimarse que el patrón procede en forma incorrecta, porque interpretando la voluntad de las partes en el convenio, es en el sentido de que para la jubilación se tome en cuenta lo estipulado en la fracción I de la mencionada cláusula, que fija como base el 80% cuando el trabajador tiene 25 años de servicios y 55 años de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR