Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1291 de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914899
MateriaDerecho Procesal,Civil

El derecho que se prevé en el artículo 88 de la Ley Federal de Derechos de Autor, no puede tomarse como una pretensión principal basada en algún derecho sustantivo, cuando la medida que se solicita expresamente en la demanda lo es la prevista en el artículo 79 del propio ordenamiento, que la encuadra como providencia precautoria y se apoya en lo previsto en los artículos 384 y 385 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Así se tiene que no puede darse el carácter de una pretensión a la mencionada, si se toma en consideración que los preceptos citados se ubican en el título cuarto, capítulo único, del código federal en cita que se refiere a las medidas preparatorias de aseguramiento y precautorias; esto es, se trata de medidas provisionales que tienen vigencia durante el curso del juicio y que se extinguen con el pronunciamiento de una sentencia que llega a constituir cosa juzgada. Tan es así que el artículo 384 del propio ordenamiento se refiere a las medidas como tramitables al inicio del juicio o durante su desarrollo, pero no a su conclusión mediante sentencia ejecutoriada; por su parte el artículo 389 del mismo código establece que esas medidas pueden dictarse mediante el juicio o antes de su inicio, lo que se debe entender que no perduran después de su conclusión, ni tampoco el artículo 88 de la Ley Federal de...

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