Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 775 de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914383
MateriaDerecho Civil,Civil

Para establecer la diferencia entre los contratos de obra a precio alzado y compraventa, es conveniente acudir a la doctrina; así tenemos que C. y Capitant, citados por R.S.M., en su libro De los Contratos Civiles, Editorial Porrúa, México, página 261, opinan que: "... hay contrato de obra cuando la cosa futura que se obliga a entregar una de las partes va a producirse por el trabajo de ésta, aunque con el auxilio o la colaboración de otras personas, y aunque dicha persona proporcione los materiales, con tal que éstos sean los accesorios o tengan secundaria importancia.". Asimismo, S.M. manifiesta que conforme al criterio subjetivista, habrá compraventa si únicamente se tuvo en cuenta que debía entregarse un determinado objeto dentro de cierto plazo sin considerar para nada el trabajo que costaría realizarlo; y que, por el contrario, si se tuvo en cuenta principalmente el trabajo que se necesitaría para ajustar la obra a un diseño o modelo, se está en presencia de un contrato de obra a precio alzado. De lo anterior se deduce que, en un contrato de obra a precio alzado, lo fundamental es la obra y el trabajo que costará realizarla, y lo secundario los materiales que se emplearán; en cambio, en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR