Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 638 de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914246
MateriaDerecho Procesal,Civil

Es ilegal la resolución de la responsable, que declaró desierto el recurso de apelación, porque no se presentaron los agravios en el término concedido por la ley, si de autos consta que el quejoso los presentó ante la Oficialía de Partes Común Civil Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en el término legal, aun cuando fuera de las horas de labores, porque de acuerdo con los artículos 65 del Código de Procedimientos Civiles y 51 de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal, es ahí donde deben ser presentados los escritos dirigidos a las Salas que no se presentaron a éstas dentro de horas de labores. Luego, no es imputable al quejoso el que la Sala no tuviera a la vista el escrito de agravios presentado en tiempo.


NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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