Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 571 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912136
MateriaAdministrativa

Cuando en un contrato de seguro de gastos médicos se estipula que la aseguradora no está obligada a pagar cualquier gasto que resulte del tratamiento médico o quirúrgico de padecimientos existentes en la fecha de la expedición de la póliza, esto claramente significa que se están asegurando posibles riesgos futuros, es decir, riesgos que puedan darse o no. Y cuando se trata de un padecimiento que ya existía antes del contrato, es claro que se trata de un siniestro ya actualizado y no de un riesgo aleatorio futuro. En consecuencia, no podría aceptarse la interpretación que sostiene que sólo quedan excluidos del seguro los padecimientos preexistentes que dolosamente ocultó el asegurado a la aseguradora, pues no se trata aquí de sancionar ese posible dolo, sino de establecer el contrato, por su esencia, sobre riesgos futuros aleatorios y no sobre riesgos actualizados previamente. Es decir, lo aleatorio del contrato debe depender de circunstancias objetivas, y no de conocimientos subjetivos de aquellas circunstancias. Sin embargo, cabe decir que sería una interpretación demasiado rigorista de la cláusula la que eliminase de cobertura cualquier gasto ocasionado por un padecimiento que tuviera su origen con anterioridad a la expedición de la póliza. Es posible que un padecimiento congénito permita a quien lo padece vivir normalmente, sin crearle mayores problemas médicos o quirúrgicos. Y es posible que un padecimiento de esa naturaleza, por cualquier eventualidad posterior al contrato, adquiera características que hagan necesario su tratamiento médico. Es decir, si bien es cierto que hay padecimientos congénitos o anteriores al contrato que ya desde antes de su celebración requerían intervención médica, también lo es que, en principio, es posible pensar en padecimientos congénitos o en...

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