Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5592 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910533
MateriaDerecho Penal,Penal

El artículo 300 del Código Penal del Estado de México no requiere como elemento típico de integración del ilícito de robo con violencia, la existencia de un arma de fuego, sino simplemente que la violencia se ejerza de manera física mediante la utilización de fuerza material por parte del activo, o moral a través de amagos, amenazas o cualquier tipo de intimidación con las que someta al pasivo; si el quejoso amagó y amarró al ofendido, poniéndole un arma de fuego en la sien, de ahí deriva la violencia con que el activo sometió a su víctima, y el hecho de que no exista fe ministerial del arma de fuego, no basta para considerar que se...

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