Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5533 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910474
MateriaDerecho Civil,Penal

La figura típica contenida en el artículo 199 del Código Penal del Estado de Quintana Roo contempla sanciones para los profesionistas o técnicos que, habiendo aceptado prestar sus servicios a una persona, abandonen el servicio sin el consentimiento de aquélla y sin causa justificada, ocasionando un daño en los bienes de quien tenía derecho a la prestación de los servicios correspondientes. En tal virtud, este ilícito se clasifica entre los que la doctrina denomina delitos propios, que se distinguen porque la modalidad o referencia al sujeto activo es un elemento del tipo; de ahí que para tener por acreditada la probable responsabilidad del acusado, resulta indispensable acreditar entre otros, que desplegó su conducta con el carácter de profesionista o técnico; de lo contrario, la orden de captura emitida en su contra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR