Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 5405 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro910346
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

De acuerdo con el artículo 20 constitucional, fracción V y penúltimo párrafo, el inculpado puede ofrecer pruebas en la etapa de averiguación previa, y aun cuando no menciona el periodo judicial a que se refiere la fracción II del artículo 8o. del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, una recta interpretación de la disposición constitucional, lleva a considerar que esa garantía individual es aplicable también a la etapa de averiguación judicial, por la similitud de situación procesal del inculpado en ambas hipótesis, pues aún no está sujeto a proceso, y en esta tesitura, el derecho a ofrecer medios de convicción es una garantía que la propia Constitución otorga al inculpado, desde antes de ser sometido a juicio penal, situación en la que se debe incluir la etapa de averiguación judicial prevista por la legislación procesal para el Estado de Jalisco, en la que, de acuerdo con las constancias existentes en la causa penal, el Juez resolverá sobre la petición de orden de aprehensión, en la cual se deberán...

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