Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4705 de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909646
MateriaPenal

La circunstancia de que el deudor alimentista deje de suministrar el porcentaje que se le fijó por concepto de pensión alimenticia definitiva, no puede originar que legalmente se tipifique el delito de incumplimiento de las obligaciones familiares, pues si la querellante promovió juicio especial de alimentos para obtener el pago de los mismos y existe sentencia sobre el particular, tiene expedita la vía civil para reclamar el cumplimiento de dicha resolución que decretó el pago de la pensión en cuestión y, por ende, si no ha agotado esos medios, la vía...

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