Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4237 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909178
MateriaDerecho Civil,Penal

El criterio sustentado por nuestro Máximo Tribunal en el sentido de que el simple hecho de atrasarse el deudor alimenticio en el pago de una o varias de las pensiones, cuando existe convenio entre los cónyuges, no tipifica el delito de incumplimiento de las obligaciones familiares, pues precisamente por la celebración de ese acuerdo se revela que el acusado tiene el propósito de cumplir con la obligación en él contraída, no se encuentra representado por el acto del matrimonio en sí, en atención a que aun cuando es verdad que éste es un contrato del cual deriva directamente la obligación de los consortes de dar y recibir...

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