Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4176 de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro909117
MateriaDerecho Penal,Penal

Es ilegal que se desestime lo narrado por el inculpado en torno a los hechos, aduciendo que no lo hizo al rendir su declaración preparatoria, puesto que el abstenerse de declarar es un derecho del procesado que tiene su fundamento en el artículo 20, fracción II, de la Constitución Federal y en lo que disponen los numerales 291 y 295 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, de cuyo contenido se advierte la posibilidad de que el inculpado opte por no declarar al rendir su preparatoria, y si lo hace posteriormente, aun por escrito, no existe razón para desestimar lo así externado, porque en la investigación de la verdad histórica el juzgador goza de amplio criterio dentro de la ley y de la lógica para el esclarecimiento de los hechos entre el cúmulo de datos que se le presenten, sin sujetarse a rigorismos o formulismos...

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