Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4000 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908941
MateriaPenal

La actuación del Ministerio Público en el periodo de averiguación previa es exclusiva y tiene la calidad de autoridad, en cambio en cualesquiera de las fases posteriores a la averiguación previa, tal actuación que termina con las conclusiones acusatorias es con el carácter de parte; y en tal virtud, si el artículo 1o. de la Ley de Amparo establece que el juicio de amparo procede contra leyes o actos de autoridad que violen garantías individuales, y el Ministerio Público al presentar sus conclusiones acusatorias ante el órgano jurisdiccional actúa como parte y no como autoridad, es evidente que su escrito de conclusiones acusatorias debe cumplir con los preceptos del código adjetivo de la materia invocado, pero no le obliga a motivarlo en cumplimiento del contenido del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...

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