Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3613 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908554
MateriaDerecho Penal,Penal

Las manifestaciones que dijo la ofendida le profirió la acusada "no te tengo miedo, vente porque te voy a pegar ..." y "que a la otra que la vea la iba a agarrar a golpes, que se cuidara", no son más que simples advertencias de un mal que no concurren a la integración del delito de amenazas, toda vez que fueron momentáneas y no provocaron una perturbación psíquica durable, pues para ello es indispensable que se acredite esencialmente que el mal, daño o perjuicio con que se amenace, perturbe la paz y tranquilidad de la persona afectada, constriñéndola a...

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