Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3587 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908528
MateriaDerecho Penal,Penal

De la recta interpretación del artículo 293 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, se puede concluir, que éste, en forma alguna, prevé que la introducción del activo se realice en forma exclusiva a la casa habitación del pasivo, sino que basta con que tal introducción se realice, sin permiso de la persona autorizada para darlo, a cualquier dependencia de dicha habitación, por consecuencia si el patio al que se introdujo el activo constituye una dependencia de la casa habitación de la ofendida, ello es suficiente para tener por comprobado el cuerpo del delito de allanamiento de morada, así como la plena...

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