Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3 de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro812319
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

En efecto, la acción reivindicatoria ejercitada no puede considerarse demostrada ante la prueba aportada por la demandada para justificar su excepción, consistente en la documental privada suscrita por la quejosa, en la que manifiesta que no obstante que el inmueble en litigio se encuentra registrado a su nombre acepta que no es de su propiedad, misma documental que reconoció en su contenido ante el Juez natural y lo corroboró en la confesional a su cargo; por lo que en esas condiciones, la escritura pública de propiedad que exhibió resulta ineficaz por no acreditar que la quejosa sea la propietaria del inmueble controvertido. Sin que obste a lo anterior que el artículo 403 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sinaloa establezca: "Los instrumentos públicos no se perjudicarán en cuanto a su validez por las excepciones que se aleguen para destruir la acción que en ellos se funde", ya que dicho precepto debe interpretarse en el sentido de que el juzgador debe considerar válidos...

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