Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 14 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro812033
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Civil

La acción de petición de herencia a que se refiere el artículo 12, relacionado con los numerales 834, 844, 845 y 851, del Código de Procedimientos Civiles de Jalisco, puede modificar o revocar la declaratoria de herederos emitida en un juicio sucesorio y, por ende, el amparo que, contra tal declaratoria, promueva una persona que no intervino en ese supuesto (sujeto que, no es por demás decirlo, está en aptitud de deducir dicha acción), es improcedente al tenor de lo prevenido en el precepto 73, fracción XVIII, vinculado con el 114, fracción V, ambos de la ley reglamentaria del juicio de garantías, pues conforme a aquel dispositivo es...

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