Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 2 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro811969
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

El artículo 19 de la Ley General de Sociedades Mercantiles estatuye, en la parte conducente, que la distribución de utilidades sólo podrá hacerse después de que hayan sido aprobadas por la asamblea de socios o accionistas, los estados financieros que las arrojan, sin precisar el periodo que debe abarcar el estado financiero aprobado, de tal manera que al no establecer limitantes de ninguna índole en cuanto al periodo, debe estimarse que tampoco existe prohibición legal de que dicho estado pueda ser parcial, esto es, sin comprender necesariamente un ejercicio completo, sino que basta que se reúna la asamblea en los términos de ley, cuando lo estime oportuno y analice los estados financieros para determinar si hay utilidades o dividendos que repartir, para que válidamente, en cualquier tiempo, haga el reparto respectivo y si a lo anterior se aúna que el artículo 22, fracción IX, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el año de mil novecientos ochenta y tres, no establecía que los individuos o utilidades deducibles de ese impuesto, fueren aquellos que hubieren sido distribuidos al final del ejercicio, sino que éstos eran deducibles cuando hubieren sido distribuidos en el ejercicio, sin hacer mención específica de que esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR