Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Junio de 1988 (Tesis de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro800269
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

El artículo 84 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal establece el término para la interposición del recurso de reclamación, el cual dice: "el recurso se interpondrá, con expresión de agravios dentro del término de tres días contados a partir de la fecha de notificación correspondiente, ante la Sala de adscripción del magistrado o presidente que haya dictado el acuerdo recurrido". Del precepto antes transcrito se desprende que es a partir de la fecha de notificación el momento en que empieza a correr el término para interponer dicho recurso. Ahora bien, los artículos 40 y 44 del ordenamiento legal invocado, señalan las reglas generales para las notificaciones, consistentes en que éstas surtirán sus efectos a partir del día siguiente al en que fueren hechas y la del cómputo de los términos comenzarán a correr el día siguiente al en que surtió sus efectos la notificación. De los...

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