Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Junio de 1988 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro800052
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Si una autoridad laboral incurre en error al fijar fecha para el desahogo de pruebas porque los días señalados son inhábiles, percatarse de su error lo subsana fijando fecha hábil para tal desahogo, debe notificar personalmente este último acuerdo en términos del artículo 742, fracción XII, de la Ley Federal del Trabajo, porque se trata de una circunstancia especial que solamente es imputable a la autoridad responsable; entonces, para no dejar en estado de indefensión a las partes, debe notificar personalmente la fecha que señale para el...

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