Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 1988 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-12-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1988
Fecha01 Diciembre 1988
Número de registro230205
MateriaDerecho Procesal,Común

De acuerdo con el artículo 28, fracción III, de la Ley de Amparo, las notificaciones en el juicio de amparo de la competencia de los Juzgados de Distrito se harán al Ministerio Público por medio de lista que se fijará en lugar visible y de fácil acceso al juzgado; además en ninguno de los casos a que se refiere el artículo 30 de dicho ordenamiento se dispone que la notificación al representante social respecto del auto admisorio de la demanda, sea personal de tal manera que habiendo en la ley disposición expresa sobre el particular resultan inaplicables las prevenciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, pues este ordenamiento sólo es aplicable en forma supletoria...

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